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ESTE BLOGGER DE LA RED SOCOCARACAS FOMENTA LA LEY RESORTE Y LA LEY DE CINEMATOGRAFIA

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BASTA DE LAS INVACIONES INVISIBLES DE LAS IMAGENES Y SONIDOS DEL IMPERIALISMO CAPITALISTA DE LOS MEDIOS DE COMUNICACION SOCIAL GOLPISTAS EN VENEZUELA QUE SE HAN CONVERTIDOS EN PARTIDOS POLITICOS COMUNICACIONALES GUARIMBEROS TERRORISTAS SERVILES DEL GOBIERNO IMPERIAL DEL NORTE QUE DEPREDA Y CONTAMINA AL PLANETA TIERRA

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EL SOCIALISMO COMUNICACIONAL COMUNAL DEBE SER COMO EL RAYO DEL CATATUMBO

EL SOCIALISMO COMUNICACIONAL COMUNAL DEBE SER COMO EL RAYO DEL CATATUMBO
UN EJEMPLO AMBIENTAL ASI SEREMOS PARA SIEMPRE

PERSONAJES SACRIFICADOS POR EL CONTENIDO DEL MENSAJE DE LUCHA A FAVOR DE JUSTICIA DE LOS PUEBLOS

PERSONAJES SACRIFICADOS POR EL CONTENIDO DEL MENSAJE DE LUCHA A FAVOR  DE JUSTICIA DE LOS PUEBLOS
Porque vivir en una comunidad como esta, por nosotros fundada, es ver el reino de Dios, es conocer el reino. Entonces, con el término el reino de los cielos o reino de Dios, Nuestro Señor Jesucristo quiso significar una sociedad superior, en verdad futura, pero cuya esencia ya se encuentra aquí, en esta comunidad. La cual hemos creado, de acuerdo a los secretos que él, SÓLO A NOSOTROS, nos había revelado, porque construyó las PARÁBOLAS de tal manera que los egoístas individualistas no podían entenderlas, y, por tanto, los secretos del reino permanecían ocultos a sus ojos, revelándose sólo a los partidarios del triunfo del interés colectivo. Era la manera de preservar el mensaje, para que pudiera permanecer, pasando intacto a través del tiempo; Jesús sabía que a los ricos les convendría ocultarlo, cambiarlo, tergiversarlo, disfrazarlo, y que lo harían con el inmenso poder que el dinero les da. Oigan nuestras experiencias, que ahora escribo, para dar a conocer las palabras de Jesús, esperando que las conserven como hasta ahora lo han hecho con las que, desde la antigüedad, se encuentran en las Escrituras

LA LUCHA CONTRA EL BUROCRATISMO,LA TITULOCRACIA EJEMPLO DEL DEBER SER DE UN REVOLUCIONARIO

LA LUCHA CONTRA EL BUROCRATISMO,LA TITULOCRACIA  EJEMPLO DEL DEBER SER DE UN REVOLUCIONARIO
COMANDANTE CHE GUEVARA

IMAGENES Y SONIDOS DEL COMANDANTE CHE AMIGO CAMARADA

GALERIA DE IMAGENES DEL COMANDANTE ERNESTO CHE GUEVARA

CUBA VIVE EL COMANDANTE FIDEL CASTRO

CUBA VIVE  EL COMANDANTE FIDEL CASTRO
SOLO LOS MEDIOCRES CONTAMINADOS POR EL VIRUS IMPERIALISTA DEL CAPITALISMO INVASOR SE NIEGAN A RECONOCER LA GRAN OBRA CULTURAL HUMANISTA APORTADA POR LA REVOLUCION CUBANA A LOS PUEBLOS DEL PLANETA TIERRA QUE LUCHAN POR UNA MEJOR CALIDAD DE VIDA Y LOS EQUILIBRIOS ECOLOGICOS

EL FUTURO PARA UN DESARROLLO ENDOGENO SUSTENTABLE DE LOS PUEBLOS LATINOAMERICANOS

EL FUTURO PARA UN DESARROLLO ENDOGENO SUSTENTABLE DE LOS PUEBLOS LATINOAMERICANOS
EL ENCUENTRO CON NUEVOS SUJETOS SOCIO-CULTURALES-POLITICOS

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Alerta de Google para: sococaracas Enero 2006SOCOCARACAS - RED NACIONAL DE INTEGRACIÓN DE PRODUCTORES NACIONALES INDEPENDIENTESY COMUNITARIOS - FUNDACIÓN COMUNITARIA LA VOZ VISUAL TELE-RADIO ... Base de PNI actulizado 21 de octubre.xlsAPROBADO. SUCRE. 21/07/2005 Romer Marino. Sandrea. Fuenmayor. Sociedad.Conservacionista de. Caracas Sococaracas. Jurídica. 1992. APROBADO ... Memorias III Congreso IberoamericanoRed Metropolitana SOCOCARACAS. Av. Vollmer, Edf.Vollmer, Piso 1 ofc. 45 San.Bernardino. Caracas,Venezuela. TEL: 02 8605530; FAX: 02 5626719 ... NO AL USO DE LAS ARMAS BIOLOGICAS PARA LA ERRADICACION DE LAS ...Romer Sandrea: Sociedad Conservacionista de Caracas SOCOCARACAS. Carlos Delgado:Red de Voluntarios para el Ambiente. Caracas. 3. Fernando Bossi ... Red ARA... en este hubo exposiciones de representantes del sector como la Unidad NacionalEcológica y Social, SOCOCARACAS, Forja y la propia Red ARA. ... Informe Nacional Rio+10De ese período son, entre otras, PROVITA, EcoNatura, Fundación Tierra Viva,SOCOCARACAS, ACOANA, Fundación de Parques Nacionales, Ecojuegos y Fundhonat. ...

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Lic:YNDIRA SUAREZ

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LIC:CARLOS JULIO ARTEAGA CHOPITER

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Musicologo:DANILO DE LA CRUZ MUÑOZ

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COORDINADOR GENERAL DE PRODUCCION BIENES Y SERVICIOS DE LA PRODUCTORA NACIONAL INDEPENDIENTE "SOCOCARACAS"...REPRESENTANTE DE LA RED SOCOCARACAS FILIAL BLOQUE REGION CAPITAL-CARACAS-ESTADO MIRANDA,PRODUCTOR NACIONAL INDEPENDIENTE DE PROGRAMAS PARA RADIO TELEVISION Y CINEMETOGRAFIA COMUNITARIA,COMPOSITOR,HUMORISTA,CON MAS DE 20 AÑOS DE EXPERIENCIA,

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LOS DISEÑADORES DEL DESARROLLO CULTURAL ENDOGENO SUSTENTABLEMENTE SOCIALISTA PARA EL PLANETA TIERRA

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EL COMANDANTE "ERNESTO CHE GUEVARA" EL EJEMPLO

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jueves, 31 de mayo de 2007

LA UNIVERSIDAD,EL PAIS Y LA LEY DEL SERVICIO COMUNITARIO



1
La Universidad, el País
y la Ley del Servicio Comunitario
(Dossier publicado en la Revista SIC, nro. 678, septiembre-octubre 2005, Caracas, Venezuela.)
Félix Ríos Á., Sociólogo
www.opcionvenezuela.org
Rodolfo A. Rico, Comunicador Social
rodoarico@cantv.net
Keyla G Vergara, estudiante universitaria
keylagvergara@hotmail.com
“…Así ha de ser con la patria. Para quererla bien hay que empezar por crearla un
poco. Y eso es lirismo…”
Andrés Eloy Blanco
Mapa para acercarnos al país
Por primera vez en mucho tiempo una
ley en la Asamblea Nacional y en el país
parece generar consenso. Todos los
sectores (parlamentario, ejecutivo y
universitario) están de acuerdo en que
es necesario poner en práctica a lo
asentado en la Constitución Nacional. El
director de planificación educativa del
Ministerio de Educación Superior,
profesor Víctor Rodríguez, nos decía de
manera personal que la veía más como
un reglamento supeditado a las leyes -
Orgánica de Educación y de Educación
Superior, actualmente en discusión- con
las que debería estar articulada esta
propuesta. Sin embargo, esta propuesta
de ley ya fue aprobada en segunda
discusión en la Asamblea Nacional y
espera su sanción de parte del Ejecutivo.
Las líneas que siguen configurarán un
mapa que planea una ocasión oportuna
para reflexionar y apostar por una
universidad más cercana al país.
Hablar de una universidad más cercana
al país es hablar de inclusión social. Por
ello, la inclusión sin educación es un
absurdo. Nadie duda acerca del consenso
existente en torno a la capacidad de la
educación para promover un cambio
solidario a partir de una pedagogía
2
inserta en la realidad, reflexiva y de
calidad. Esta transformación, a decir del
Informe del Programa de las Naciones
Unidas para el Desarrollo (PNUD) sobre la
democracia en América Latina en el año
2004, debe estar orientada a la
"democracia de la ciudadanía". Esta es
una de las bases sobre las que se
fundamenta la responsabilidad social
universitaria.
El concepto de responsabilidad social
universitaria se nutre de ideas creadas
con anterioridad por conceptos como
extensión universitaria, investigaciónacción,
servicio comunitario,
aprendizaje-servicio, y responsabilidad
social empresarial. De la extensión
universitaria, se destaca la pertinencia -
ya proclamada desde la Reforma de
Córdoba- en procura de reformar la
universidad para que transmita y
divulgue a la sociedad las actividades
docentes, de investigación y culturales
que éstas realizan. De la investigación
acción se toma la necesidad de que la
misma deba estar ligada a incidencia
pública, que a su vez puedan permitir
avances teóricos y sociales.
La idea de servicio comunitario expresa
la necesidad de realizar actividades
temporales vinculadas a prácticas
profesionales para la obtención de un
título, como es el caso de la Ley de
Servicio Comunitario del Estudiante de
Educación Superior, que se inspira en
esta idea.
La perspectiva de aprendizaje-servicio
remarca el hecho de que no basta con la
práctica profesional y el voluntarismo.
La acción debe estar vinculada no sólo al
servicio sino también al currículo, y por
tanto al aprendizaje. De la
responsabilidad social empresarial se
toma el imperativo ético de esa tarea, la
importancia de la calidad de vida, asume
que la responsabilidad social
universitaria es en sí misma un contrato
social que promueve la formación de la
ciudadanía democrática, que además
quiere educar al estudiante, como un
agente de desarrollo para obtener un
egresado con un nuevo perfil,
preocupado por las injusticias a su
alrededor y con voluntad de
comprometerse en acciones concretas,
capaz de contextualizar su saber
especializado.
El servicio comunitario no es una
pasantía empresarial, se trata de
realizar un servicio en localidades y
áreas temáticas que no suelen despertar
el interés de quienes participan
exclusivamente en la lógica egoísta del
mercado. Es interesante observar que el
Estado y las organizaciones no
gubernamentales ofrecen espacios de
acción en este campo, las empresas
también han mostrado en muchos casos
la intención de incidir en su entorno,
bajo las más diversas finalidades.
Aunque no implique un salario el servicio
comunitario, es mucho más que
altruismo y caridad porque con él se
busca promover un egresado con un
nuevo perfil, formado para la auténtica
competitividad -la cual es capaz de
tomar en cuenta la importancia del
trabajo en equipo y el mantenimiento de
niveles adecuados de cohesión social-,
así como la auténtica solidaridad -que no
se limita a compartir fracasos o
carencias sino con el hecho de resolver
con eficiencia y corresponsabilidad los
problemas-.
Sólo cuando el servicio comunitario está
incorporado dentro de la visión de
3
universidad es cuando nos referiremos a
la responsabilidad social universitaria.
Esta visión, según Francois Valleys, es la
de una alma mater orientada al
desarrollo como tema transversal
prioritario en todas las carreras, que se
da los medios para formar a sus
profesores en el enfoque, que cuida la
articulación y las transiciones entre
disciplinas. Desde luego, esto implica
que la universidad debe orientar parte
de su política de investigación hacia el
desarrollo, diseño y ejecución de
programas sociales novedosos, así como
las transferencias de saberes y
tecnologías hacia la sociedad civil. Debe
ser también un apoyo para la solución de
problemas de la agenda social. Una
universidad, en definitiva, que hace
participar a sus estudiantes y profesores
en investigaciones aplicadas al
desarrollo. Se trata de una universidad
que pone su acento académico en las
acciones solidarias y de desarrollo,
incorporándolas como parte de su
currículo y en la dinámica pedagógica de
sus profesores.
En este contexto, la perspectiva de la
Responsabilidad Social Universitaria
brinda una respuesta oportuna desde la
academia, permite aumentar la
motivación y enriquecer los
aprendizajes, mientras se brinda un
servicio concreto a la comunidad y se
viven los valores democráticos. Este
proceso implica dos componentes: El
desarrollo de proyectos solidarios en
función de las necesidades de la
comunidad; y una red de organizaciones
públicas, comunitarias no
gubernamentales especializadas con las
cuales posibilitar la sinergia entre las
universidades y las comunidades que
potencie los esfuerzos de cada una.
Más allá de nuestro ombligo
La preocupación por el servicio
comunitario y su importancia como
práctica profesional no es nueva en
América Latina. En materia normativa,
México y Costa Rica fueron pioneras en
esta práctica, al requerir a sus
estudiantes desde 1936 y 1975,
respectivamente, este requisito para la
graduación.
Existen otras iniciativas que no han
derivado de marcos jurídicos respecto al
servicio comunitario universitario. Por
ejemplo, como parte de la oferta
educativa en Colombia, un buen número
de universidades y universitarios de este
país se han vinculado a la Corporación
Opción Colombia, la cual desde 1991
envía grupos de estudiantes
universitarios avanzados a desarrollar
prácticas profesionales solidarias en
zonas rurales y municipios aislados. Estas
prácticas son rentadas, y reconocidas
académicamente por las respectivas
universidades. Actualmente este modelo
se ha compartido por otros países de
Latinoamérica, incluyendo Venezuela
(Opción Venezuela), bajo la forma de
una Red de Gestión Social.
Otros países como República
Dominicana, Bolivia, Ecuador y Perú
también han promovido prácticas
similares de aprendizaje y servicio desde
el aula. En Chile, por ejemplo, el
proyecto “Universidad: Construye país”:
es una alianza interuniversitaria que
busca “coordinar, desde las
universidades, un trabajo destinado a
generar visiones y prácticas de
Responsabilidad Social al interior de las
universidades y en la sociedad”.
En Brasil hay numerosos programas
gubernamentales y no gubernamentales
4
que promueven el servicio voluntario
vinculado al sistema educativo. Desde
1996 el programa “Universidad Solidaria”
ha permitido que más de 4.000 alumnos
de 160 universidades trabajen en 250
comunidades. Es destacable observar
que por cada comunidad asistida
participan dos universidades -una
regional y otra visitante-, lo que
garantiza la continuidad de las acciones
desarrolladas, el intercambio entre
centros de estudio y, por supuesto
gracias al contacto con lo sectores más
desfavorecidos del país, se constituye
con el fortalecimiento de la
responsabilidad social de los
universitarios.
Venezuela: Una extensión en déficit
En las décadas de los 60 y 70 la
universidad se volvió accesible a la
mayoría. Sin embargo en los últimos
veinte años este ingreso ha ido
mermando en los sectores populares,
entre otras razones, por el rezago o
exclusión de los estudiantes, debido a
problemas socioeconómicos, y porque la
calidad de la educación pública en los
niveles básicos y medios ha decrecido. A
esta situación hay que añadirle que la
vinculación entre la academia y el
entorno no se ha concretado ni ha
aportado los frutos que pudiera dar
entre otras cosas por la discontinuidad
de los programas, la escasa divulgación
de estos, el carácter asistencialista que
se da en muchos casos, la
desarticulación de la extensión con otras
actividades académicas, desarticulación
institucional, así como las siempre
presentes limitaciones financieras. Una
expresión de esto último se puede
observar en el desglose presupuestario
del Consejo Nacional de Universidades
para las universidades oficiales en 2001:
en el que un 26,08% estuvo dirigido a la
enseñanza, un 3,88% a la investigación y
1,84%, es decir, 36.324,56 (millones de
bolívares) fue reservado a la extensión
universitaria. En el caso de aprobarse
una Ley como la de Servicio Comunitario
del Estudiante de Educación Superior
esto debería cambiar de manera
sustancial.
No hay que empezar desde cero
Ahora, si bien puede compartirse esta
evaluación general no es menos cierto
que en las universidades también existen
una serie de experiencias significativas
en torno a la promoción de la
responsabilidad social universitaria. Es
ampliamente conocido el rural que se
hace en las facultades de medicina y
odontología del país. En instituciones
como la Universidad Central de
Venezuela se realizan desde hace ya
tiempo diversos programas de extensión
en diversas regiones del país como:
Amazonas, Miranda, Nueva Esparta y
Delta Amacuro que implican la
participación de estudiantes y profesores
de varias escuelas y facultades de
manera conjunta.
De igual forma, la Universidad Simón
Bolívar ha buscado adecuarse a los
nuevos tiempos y a la necesidad
imperiosa de involucrarse en proyectos
de alto impacto y pertinencia social, lo
cual ha posibilitado la conceptualización
de la extensión como un área prioritaria
para el desarrollo armónico de una
universidad integrada con su entorno.
Las comunidades aledañas al núcleo de
Sartenejas y del Litoral, entre otras
comunidades, han sido espacios
privilegiados para este tipo de prácticas.
Entre las universidades privadas, la
Universidad Católica Andrés Bello es una
de las que tiene mayor experiencia en
5
tareas que califican como servicio
comunitario, las cuales se desarrollan
fundamentalmente en sectores aledaños
como Antimano y La Vega. Según Néstor
Luis Luengo, representante de la recién
creada Secretaría de Desarrollo Social de
esa universidad, alrededor de mil
estudiantes acometen este tipo de
prácticas. Para la nueva Secretaría, lo
más importante es potenciar y facilitar
la vocación de la comunidad ucabista
hacia el desarrollo de programas y
proyectos abocados a lo público, desde
cada disciplina.
Otra universidad privada que asumió
desde 2001 la importancia de la
responsabilidad social universitaria y la
incorporó a su currículo es la Universidad
Metropolitana. A fines de ese año con la
creación de la Dirección de Proyectos
Sociales se decide incluir la formación
social en el plan de estudios de manera
transversal, fortaleciendo los valores que
sustentan la responsabilidad social,
como la dignidad del ser humano, la
justicia social y la solidaridad.
Adicionalmente en esa universidad se
creó la materia Capital Social y
Participación Ciudadana que, junto a
otras dos, a decir de Rosalind Greaves
(Directora de Proyectos Sociales –
UNIMET), “proveen el marco conceptual,
facilitan el conocimiento y comprensión
de la realidad nacional dentro de una
perspectiva latinoamericana y universal,
y preparan al estudiante para realizar
unas Prácticas Profesionales Sociales
(PPS)”. Las prácticas de la UNIMET se
sitúan en el Estado Miranda, en
Tacarigua de la Laguna y en San José de
Río Chico en el Municipio Sucre,
Parroquia Petare y en el sector de
Galipán en el Parque Nacional El Ávila.
Durante el año académico 2004-2005,
511 estudiantes han realizado y están
realizando las Prácticas Sociales exigidas
como condición de graduación.
Dando y dando
Todo derecho tiene como
correspondencia un deber, éste en
primer lugar es con la comunidad, tal
como lo señala la Declaración Universal
de Derechos Humanos en su artículo
29.1: “Toda persona tiene deberes
respecto a la comunidad, pues sólo ella
puede desarrollar libre y
permanentemente su personalidad”. Ese
artículo junto con el 135 de la
Constitución Nacional -que dice:
“Quienes aspiren al ejercicio de
cualquier profesión, tienen el deber de
prestar servicio a la comunidad durante
el tiempo, lugar y condiciones que
determine la ley”- son el fundamento
jurídico para la elaboración de la Ley del
Servicio Comunitario de Educación
Superior. No son el único fundamento,
desde luego, igualmente el 102 de la
Constitución (desarrollo del potencial
creativo, participación activa,
consciente y solidaria en los procesos de
transformación social), el 79 (jóvenes
como sujetos activos de desarrollo)
tienen relevancia para justificar la Ley.
Sobre la legislación de este asunto, lo
expresa por ejemplo, Rosalind Greaves,
que la considera muy positiva pues:
“puede constituir un importante aporte
hacia el desarrollo en el país. Además,
la participación estudiantil, puede
potenciar y enriquecer iniciativas
sociales actualmente existentes en los
sectores privado, público, empresarial y
comunitario”.
Asimismo el ex diputado Inocencio
Figueroa quien participó en el equipo
que legisló la Ley de Participación
Ciudadana del estado Miranda, cree que
las universidades tienen una deuda
6
social. Desde la UCV, el profesor Iván
Zambrano, ex director de extensión de
la Facultad de Ciencias Económicas y
Sociales cree que la Ley es una
oportunidad que “permite desarrollar
una nueva agenda universitaria y
reformular los criterios de vinculación
con el país”. Para el diputado Danilo
Pérez Monagas presidente de la Comisión
de Participación Ciudadana es “una
oportunidad para que las universidades
salgan de sus recintos y se proyecten a
las comunidades, ya no como casos
aislados sino con una normativa
amparada en la Ley”. Adicionalmente,
dice: “redime la inversión que el Estado
venezolano ha hecho en los estudiantes
para que ellos de alguna manera
cumplan devolviéndole sus
conocimientos a sus comunidades”. A
decir de Néstor Luis Luengo (UCAB) y de
Lorenzo González, decano de extensión
de la Universidad Simón Bolívar, ha
habido un significativo consenso en torno
a la creación, espíritu y objetivos de
esta Ley; aunque también en el debate
sobre la Ley hubo diferencias que
partieron desde el mismo nombre de
“servicio comunitario” que para algunos
tiene un sentido más bien asistencialista,
o en abierta alusión a una especie de
“servicio obligatorio”, por lo que en su
momento se sugirieron nombres
asociados a la “participación”
comunitaria o ciudadana.
Anatomía de esta Ley
La Ley del Servicio Comunitario del
Estudiante de Educación Superior resultó
de la consulta a más de treinta
instituciones de educación superior,
públicas y privadas, las cuales se
encuentran repartidas en
aproximadamente doce de las
veinticuatro entidades federales que
componen al país, lo cual muestra el
esfuerzo de propiciar la participación y
el consenso que permitiese el
acercamiento de la universidad y sus
universitarios al país.
Como fruto de esta labor legislativa, se
generó un documento constituido por
una exposición de motivos, un Título I
(Disposiciones Fundamentales) que es el
relativo a la definición de servicio
comunitario, sus fines y se norma lo
establecido en el artículo 135 de la
Constitución Nacional que establece la
obligatoriedad del servicio comunitario
para la obtención del título
universitario. Allí mismo se explican sus
ámbitos de aplicación, su duración y las
condiciones necesarias para la
realización del servicio. Seguidamente,
en el Título II (Las Instituciones de
Educación Superior) se desarrollan los
aspectos vinculados a la capacitación, la
función, convenios, atribuciones de las
instituciones de la educación superior.
Por su parte, el Título III (Los
Prestadores del Servicio Comunitario)
consigna los derechos de los prestadores
-que en definitiva son los estudiantes
universitarios-, así como sus
obligaciones, infracciones y sanciones.
El Título IV (Los Proyectos) desarrolla lo
referido a la iniciativa de proyectos, los
requisitos para la presentación y
aprobación de los mismos. Finalmente,
luego de los veintitrés artículos que se
encuentran distribuidos en los cuatro
títulos antes descritos, se presentan tres
Disposiciones Transitorias y una
Disposición Final, que expresan los pasos
previos que se deben tomar para la
adecuada aplicación de Ley. El texto
integro de la Ley y sus modificaciones se
puede leer en detalle en el sitio Web:
www.asambleanacional.gob.ve.
7
El artículo 4 define al servicio
comunitario como: “la actividad que los
estudiantes de educación superior
realizan en las comunidades, aplicando
los conocimientos científicos, técnicos,
culturales, deportivos y humanísticos
adquiridos durante su formación
académica, en beneficio de la
comunidad, para cooperar con su
participación al cumplimiento de los
fines del bienestar social, de acuerdo
con lo establecido en la Constitución de
la República Bolivariana de Venezuela y
en esta Ley”.
Un servicio con el que todos ganan
El ámbito de aplicación de la Ley, según
el artículo 5, es la comunidad local,
estadal y nacional donde se proyecta -
actual o potencialmente- la actuación de
las instituciones de educación superior
para la prestación de este servicio, que
tiene un carácter obligatorio dado que
en la Ley quedó sentado esta labor del
universitario como un “requisito para la
obtención del título de educación
superior”, el cual no deberá crear
derechos u obligaciones de carácter
laboral y será prestado sin remuneración
alguna, según se lee en el artículo 6.
Sobre este punto, el profesor Iván
Zambrano desde la UCV, manifiesta su
preocupación acerca de la
obligatoriedad del servicio comunitario,
advirtiendo que este requisito no puede
terminar convirtiéndose en un mero
trámite. Pérez Monagas está consciente
de ello y dice que la Ley debe
proyectarse con sentido positivo: “como
una necesidad imperiosa no solamente
para el estudiante y la universidad sino
también para la comunidad”. El diputado
y presidente de la comisión de
Participación Ciudadana responde a
quienes, de manera extrema puedan
considerar a la Ley como “esclavista”
que esta es visión errada, porque
finalmente es una relación en la que
“gana la universidad, gana el estudiante,
gana el ciudadano, gana la comunidad”.
Sin duda alguna el tema de la
pertinencia y obligatoriedad de la Ley
deberán ser adecuadamente promovidas
en la población universitaria a fin de
evitar resistencias en los actores
protagónicos de esta normativa aprobada
en la Asamblea Nacional.
También existe la preocupación de que
el servicio comunitario incurra en
prácticas asistencialistas y con escaso
aprendizaje significativo para el
estudiante universitario. A tales efectos,
en la Ley se valida y reivindica la
perspectiva del aprendizaje-servicio
como uno de los fines del servicio
comunitario (artículo 7), en tanto
enriquece la actividad universitaria, así
como contribuye con la promoción del
capital social en el país.
Respecto a la duración del servicio
comunitario, la Ley finalmente acordó
un tiempo requerido de ciento veinte
horas académicas, las cuales se deben
cumplir en un lapso no menor de tres
meses. Dejando abierta la posibilidad
para que las instituciones de educación
superior adapten la duración del servicio
a su régimen académico. La propuesta
de Ley tiene una única condición en su
artículo 9 y es la referida a que no se
puede realizar proselitismo, político–
partidista, durante la prestación del
servicio.
¿Y de dónde saldrán los reales?
Según el artículo 10, “las Instituciones
de Educación Superior incluirán
necesarios para la realización del
servicio comunitario en el plan operativo
anual, sin menoscabo de los que puedan
8
obtener a través de los convenios”. Por
su parte, el diputado Pérez Monagas
afirma que el Ministerio de Educación
Superior deberá incrementar los
presupuestos de las universidades
públicas dado que necesitarán optimizar
las condiciones logísticas y económicas
para la movilización y sustentación de
los estudiantes. Es evidente que la
aplicación de ésta Ley podrá significar
un incremento sustancial en los
deficitarios presupuestos de las
universidades públicas.
Las universidades y los universitarios
según la Ley
El título II de la Ley trata la definición,
función y competencias de las
instituciones de educación superior. Se
trata lo concerniente a la obligatoriedad
que tienen éstas de capacitar a sus
estudiantes con cursos, seminarios y
talleres sobre la realidad comunitaria,
así como su obligación de facilitar el
cumplimiento de esta Ley. Entre las
catorce atribuciones que confiere esta
Ley a las universidades cabe destacar
que deberán crear un reglamento para la
realización del servicio comunitario
(artículo 15). Además, se faculta a estas
instituciones para establecer convenios
con los Concejos Locales de Planificación
Pública (CLPP), los Concejos Estadales
de Planificación, así como con
organizaciones públicas, privadas y la
comunidad organizada (artículos 11 al
15).
El título III de la recién aprobada Ley
está referido a los derechos y
obligaciones de los prestadores del
servicio comunitario a quienes se
entiende como los sujetos activos de la
labor social. Los estudiantes para
realizar el servicio tendrán derecho a
obtener información sobre requisitos y
proyectos ofertados, recibir la asesoría
adecuada y oportuna, así como un trato
digno durante el servicio. Otro
importante derecho de los estudiantes es
que el servicio comunitario deberá estar
vinculado a su perfil académico y la
inscripción para la realización de este
servicio deberá ser de “manera
gratuita”. Asimismo los estudiantes
también podrán participar en la
elaboración de los proyectos presentados
como iniciativa de la institución de
Educación Superior (artículo 17).
Entre las obligaciones del estudiante
(artículo 18), se trata el hecho de acatar
las disposiciones establecidas por el
coordinador del servicio, a la vez que se
debe cumplir con los convenios
realizados por la institución. Por su
parte, se espera también que todo
estudiante que participe del servicio
comunitario se comporte con respeto,
honestidad y responsabilidad.
Finalmente se establece tanto como
derecho como obligación la realización y
la aprobación de un curso, taller o
seminario sobre la realidad de las
comunidades en las que van a participar.
Queda pendiente conocer cuál será el
procedimiento, los reglamentos
respectivos y las leyes que regularán las
infracciones del personal académico, los
estudiantes, y hasta las instituciones de
educación superior, que incumplan con
las obligaciones establecidas en esta Ley
¿la Ley de Educación Superior o la Ley
Orgánica de Educación podrán contribuir
en esto?
Los proyectos
En el título IV se hace énfasis sobre la
importancia que tiene que las iniciativas
del servicio comunitario partan de la
pluralidad de actores sociales –
9
estudiantes e instituciones de educación
superior, asociaciones gremiales,
comunidades organizadas y las
instituciones públicas y privadas-
(artículo 22), teniendo como norte que
este servicio se hace en función de las
verdaderas necesidades de las
comunidades, a la vez que se tomen en
cuenta los planes de desarrollo
municipal estada y nacional, para con
ello ofrecer soluciones de manera
metodológica (artículo 21). Adicional a
esto, en el artículo 23, se dan
sugerencias generales acerca de los
requisitos para la presentación y
aprobación de proyectos.
Una oportuna transición
La actual Ley tiene tres Disposiciones
Transitorias, la primera en la que se
establece que una vez aprobada los
estudiantes de Educación Superior que
estén realizando actividades con
características similares a las del
servicio comunitario podrán
convalidarlo. En la segunda disposición
se menciona que los alumnos que se
encuentren finalizando su carrera,
estarán exentos del servicio comunitario.
La tercera disposición establece que las
instituciones de Educación Superior
tendrán hasta un año, luego de
publicada la Ley en Gaceta Oficial, para
elaborar su debido reglamento, e
incorporar su procedimiento en relación
al Servicio Comunitario del Estudiante de
Educación Superior.
Una nueva universidad es necesaria
Todo parece indicar que las
universidades se están preparando para
la implementación de esta propuesta de
Ley pero para consolidar este proceso
hace falta además superar la
persistencia de un modelo tradicional en
el que la institución educativa se
concibe ajena a lo que sucede en su
entorno y no se hace cargo de lo que
sucede fuera de sus puertas. En
consecuencia, la participación y la
solidaridad no irán más allá de las
declaraciones en los reglamentos, y
mucho menos podrá pensarse en
políticas institucionales de apertura
hacia la comunidad. Cualquier inquietud
al respecto no pasará de ser el resultado
de reacciones espontáneas de profesores
y alumnos que actúen de manera aislada
y desvinculada del continuo proceso
pedagógico. De tal modo, el aprendizaje
que recibirá el estudiante estará
centrado en los contenidos
conceptuales, con poca atención en el
universitario como sujeto de
aprendizaje, capaz de desarrollar
competencias y formarse nuevas
actitudes socialmente responsables.
Habrá que superar aquella concepción de
la universidad como un mero centro
asistencial en detrimento de su rol
educativo. Esto no haría otra cosa sino
alimentar, reforzar y mantener, directa
o indirectamente, una cultura
paternalista y asistencialista que ha
estado arraigada en las sociedades
latinoamericanas durante mucho tiempo.
Esta tendencia puede derivar de la
reacción de la universidad ante
contextos comunitarios con altos niveles
de pobreza, en los que se intenta dar
respuesta a las necesidades que se
perciben en los alumnos y la comunidad,
básicamente desde el esfuerzo personal
y voluntario de los docentes, o desde
proyectos institucionales aislados en los
que se brindan ayudas sociales a
destinatarios pasivos, esto es, sin
posibilidad alguna de que los
beneficiarios participen
corresponsablemente en la solución de
sus problemáticas.
10
Esta nueva universidad, según François
Vallaeys, requiere unas nuevas formas de
relacionarse con el saber, debe integrar
la cultura humanista con la cultura
científica, se debe enseñar al estudiante
bastante más que el dato informativo
pues éste en la era de los buscadores de
Internet es fácil de encontrar, pero
Internet desde luego no es la
universidad. Del mismo modo, debe
incentivarse una nueva cultura de aula,
basada en la facilitación del auto
aprendizaje del estudiante, del
aprendizaje lúdico, basado en problemas
y proyectos que combine además el
trabajo presencial con el uso de las
nuevas tecnologías de la información y el
aula virtual. Otro cambio es el de las
nuevas relaciones que se deben
establecer entre la proyección social, el
voluntariado estudiantil y una docencia
que promueva una enseñanza basada en
proyectos formulados por los mismos
estudiantes. En esta nueva forma de
relacionarse la universidad debe tener
una “cartera de proyectos sociales con
fines pedagógicos” de los cuales sea
posible escoger. De este modo se
requiere una nueva relación entre los
docentes y las especialidades buscando
la transdiciplinaria, que permita y
promueva que los proyectos de
desarrollo se discutan, se dialoguen y
acuerden de manera conjunta.
Finalmente, se debe establecer una
nueva relación entre la universidad y la
sociedad civil que permita fomentar una
universidad como lugar de aprendizaje,
para el razonamiento ciudadano
responsable, la reflexión común y la
innovación social. Se debe tener una
política adecuada de transferencia de la
información útil a la ciudadanía, que
sirva para constituir espacios de
encuentro entre los científicos y el
público en general.
Con las leyes no basta
Frente al desafío que representa la
efectiva promoción de la responsabilidad
social universitaria no se puede
responder sólo con normativas o leyes
sino que es necesario un cambio cultural
profundo en lo educativo, en el que
participe la sociedad en pleno la familia,
las organizaciones comunitarias, la
universidad y el Estado.
Las piedras en el camino para estos
cambios son la fuerte división que
impera en el país en los últimos años y el
clima de desconfianza que esto ha
creado o fortalecido. Paradójicamente la
participación comunitaria de los
estudiantes universitarios fortalecería el
reconocimiento del “otro” y la
comprensión de un país que no sólo se
estudia, se intelectualiza sino que se
puede tocar y vivir a plenitud desde la
perspectiva del “otro” y la particular
visión de cada quien. Hace falta más que
la voluntad del cambio, es necesaria,
como afirma Rigoberto Lanz, la
concertación democrática, la existencia
de propuestas estructuradas y
articuladas, así como liderazgos visibles
que asuman los costos de estos procesos
hasta las últimas consecuencias ¿Estará
preparada la universidad venezolana?
¿Estará preparado el país?
11
Bibliografías Consultadas
- ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA
BOLIVARIANA DE VENEZUELA (2004). Ley de
Servicio Comunitario del Estudiante
Universitario. En:
http://www.asambleanacional.gov.ve/
- CONSEJO NACIONAL DE UNIVERSIDADES (2004).
Boletín Estadísticos de Educación Superior Nro
21, CNU-OPSU, Caracas.
- DÍAZ HERRERA, Damaris (1990). La Extensión
Universitaria: Una propuesta para su
sistematización. Universidad de Los Andes,
núcleo universitario San Cristóbal.
- LANZ, Rigoberto (2005). “Reformar es lo más
difícil”. En: LANZ, Rigoberto (comp.). La
Universidad se Reforma II, Caracas, UNESCOIESALC
y otros.
- NIEVES TAPIA, María. Manual Integral para la
Participación Solidaria de los Jóvenes en
Proyectos de Aprendizaje-Servicio, Banco
Interamericano de Desarrollo, Programa de
Voluntariado Juvenil en las Américas - "PaSo
Joven". En: www.pasojoven.org
- OPCIÓN VENEZUELA (2005), Pasaporte, Caracas.
- OPCIÓN COLOMBIA (2001), Balance Social,
Bogotá.
- PNUD (2004). La democracia en América Latina.
Hacia una democracia de ciudadanas y
ciudadanos. En:
http://www.democracia.undp.org/Informe/Logi
n.asp?Idioma=1
- UNIVERSIDAD PEDAGÓGICA EXPERIMENTAL
LIBERTADOR (2002), La Extensión Universitaria,
Jerarquía y Contexto..
http://www.uc.edu.ve/descouc/documentos/co
nferencias/LA_EXTENSION.pdf
- UZCÁTEGUI, José León (2002). Creación de la
Red de Extensión de las Instituciones de
Educación Superior de la Región Central.
Dirección de la Dirección de Extensión y Servicios
a la Comunidad de la Universidad de Carabobo.
http://www.uc.edu.ve/descouc/documentos/co
nferencias/Creacion_Red_de_Extension.pdf
- VALLAEYS, François (2004). ¿Qué es la
Responsabilidad Social Universitaria?, Caracas,
Proyecto Construyendo Puentes – UNIMET y
Corporación Andina de Fomento, mimeo.
Nota: La redacción de este texto no habría sido posible sin el apoyo, los aportes o los comentarios de
Danilo Pérez Monagas (Diputado a la Asamblea Nacional y Presidente de la Comisión de Participación
Ciudadana), Inocencio Figueroa (ex diputado de la asamblea Legislativa del Edo. Miranda), Rosalind
Greaves (Directora de Proyectos Sociales – UNIMET), Néstor Luis Luengo (Secretario de Desarrollo Social –
UCAB), Lorenzo González (Decano de Extensión – USB), Iván Zambrano (ex Director de Extensión FACES –
UCV), así como de la Asociación Civil Gente de Soluciones quienes nos han estado realizando consultas y
reseñas acerca de esta propuesta de Ley / Fotografías: Nury Prato y archivo de Opción Venezuela.

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