INSTRUCTIVO CONVOCATORIA CULTURA CINEMATOGRÁFICA Y
ESTIMULO A LA BASE INDUSTRIAL 2007
1. El Centro Nacional Autónomo de Cinematografía (CNAC) realiza la Convocatoria de Financiamiento 2007 para proyectos de Cultura Cinematográfica y para el Estimulo a la Base Industrial, la cual está dirigida a las Personas Naturales o Jurídicas dedicadas a la actividad cinematográfica o audiovisual.
- La Convocatoria 2007 para Cultura Cinematográfica y para el Estimulo a la Base Industrial estará abierta desde el 23 de julio hasta el 10 de agosto de 2007, ambas fechas inclusive. La Gerencia de Desarrollo Cinematográfico estará a cargo de la recepción de los proyectos en el lapso anteriormente señalado en el horario comprendido entre 8:30 a.m. y 12:00 m / 2:00 p.m. y 4:00 p.m.
- La solicitud de financiamiento debe hacerla quien será el beneficiario o el representante legal de la Institución o empresa solicitante, según sea el caso, o en su defecto, quien haga la solicitud debe tener poder notariado por éste. La solicitud debe contener los siguientes formatos:
- Carta- Solicitud,
- Planilla de Evaluación de los Proyectos.
- Presupuesto Provisional.
- Recaudos indicados en la Carta-Solicitud.
- Las Modalidades a financiar en esta Convocatoria son las siguientes:
I. Cultura Cinematográfica, Financiamiento de proyectos de investigación cinematográfica y de formación cinematográfica audiovisual:
a) Investigación y Publicación: análisis e historia del hecho cinematográfico y sus diferentes aspectos creativos, técnicos y culturales. En caso que se tratara de tesis de grado, éstas deben haber sido aprobadas por los Institutos respectivos. No se aceptará la adquisición de equipos para proyectos de investigación.
b) Divulgación de la Obra Cinematográfica: proyectos cuyo interés principal sea la divulgación de la obra cinematográfica nacional, la exhibición de películas, la organización de foros, seminarios y congresos, festivales, muestras itinerantes, centros de cultura cinematográfica y todo lo relacionado que contribuya a la divulgación de la obra cinematográfica universal, la formación total del espectador y la participación de los miembros de la comunidad cinematográfica.
Los recursos que se aprueben se entregarán bajo la figura de subsidio.
Nota: Para la modalidad de Mejoramiento Profesional y Formación de Recursos Humanos, la recepción de los proyectos se iniciará el día martes 31 de julio hasta el día 24 de agosto de 2007. (Becas y Programas de Apoyo a Escuelas o Centros de Formación Cinematográfica)
II. Estimulo a la Base Industrial, apoyo financiero a las siguientes áreas:
a) Sonido: Registro de sonido de campo y Procesos de post-producción;
b) Edición: Transferencia de Cine a Cinta de Video y Procesos de Post-producción; e
c) Innovación Tecnológica: Invenciones y mejoras en el campo cinematográfico.
Esta enunciación es meramente enumerativa más no taxativa. Los recursos que se aprueben se entregarán bajo la figura de Crédito.
- Los Proyectos cuyos recaudos estén incompletos, no serán considerados durante la evaluación para el otorgamiento del financiamiento solicitado.
- Entregado el proyecto se dará constancia de recepción del solicitante, dicha recepción no implicará la aceptación del proyecto por parte del CNAC, para el financiamiento solicitado.
- La Comisión de Cultura Cinematográfica, conforme lo establece el Artículo 35 del Reglamento de la Ley de la Cinematografía Nacional, estará integrada por cinco (5) miembros, dispuestos de la siguiente manera:
a. Un (1) Guionista o Director, representante de los autores cinematográficos nacionales.
b. Un (1) Crítico de Cine, representante de los críticos del cine.
c. Un (1) representante designado por las Escuelas Nacionales Superiores de Cine o Comunicación Social que tengan mención Audiovisual.
d. Un (1) representante designado por el Directorio del Consejo Nacional de la Cultura (CONAC)
e. Un (1) miembro designado por la Junta Directiva de la Fundación Cinemateca Nacional (FCN)
- La Comisión de Cultura Cinematográfica tendrá un plazo máximo de dos (2) meses para evaluar los proyectos, contados a partir del primer (1) día hábil siguiente a la entrega de los proyectos a los miembros de la Comisión, conforme lo establece el Artículo 32 del Reglamento de la Ley de la Cinematografía Nacional. Luego de ello, remitirán sus recomendaciones al Comité Ejecutivo del CNAC.
- Los proyectos presentados en la modalidad de Estimulo a la Base Industrial serán evaluados por una Comisión cuya integración estará dispuesta de la siguiente manera:
a. Un Guionista o Director (ANAC)
b. Un Productor (CAVEPROL)
c. Un representante de la Industria de Cinematografía Nacional (Cámara Venezolana de la Industria del Cine y el Video)
d. Dos técnicos expertos en la materia
- La Comisión de Estímulo a la Base Industrial tiene un plazo máximo de dos (2) meses, para evaluar los proyectos, contados a partir del primer (1) día hábil siguiente a la entrega de los proyectos a los miembros de la Comisión, conforme lo establece el Artículo 32 del Reglamento de la Ley de la Cinematografía Nacional. Luego de ello, remitirán sus recomendaciones al Comité Ejecutivo del CNAC.
- Los proyectos y demás documentos exigidos deberán presentarse en cinco (5) ejemplares numerados debidamente encuadernados, dentro de sobre de manila, en donde se indique:
a. Nombre del Proyecto.
b. Nombre del solicitante.
c. Modalidad:
i. Cultura Cinematográfica:
· Investigación y Publicación, o
· Divulgación de la Obra Cinematográfica.
ii. Estimulo a la Base Industrial.
- Los interesados en participar en la Convocatoria de Cultura Cinematográfica ó Estimulo a la Base Industrial 2007, que se encuentren en el interior o exterior del país, podrán enviar los sobres indicados en el numeral anterior, por courrier (MRW, DOMESA, DHL, IPOSTEL, entre otros). Los solicitantes deben cancelar el envió del sobre.
- Los formatos y las planillas mencionadas en el numeral 3 de este instructivo, estarán disponibles en el sitio Web del CNAC www.cnac.gob.ve y en la Gerencia de Desarrollo Cinematográfico del CNAC, ubicada en la Avenida Principal de Los Ruices, Edificio Centro Empresarial Miranda, Piso 2, Oficina 2-M, Caracas. Teléfonos: 0212-2326095 / 0212-2387794.
Responsable: Mildred Medina.
Direcciones electrónicas: mmedina@cnac.gob.ve convocatoria2007@cnac.gob.ve
- No se admitirán inscripciones de concursantes directamente vinculados a miembros de la Comisión de Cultura Cinematográfica y de Estímulo a la Base Industrial del CNAC, pudiendo impugnarse la inscripción en caso que esta situación se presente en cualquier fase de la convocatoria. Se entiende como directamente vinculadas a todas las personas que mantengan relación de empleo, así como familiares y consanguíneos hasta el tercer grado; asimismo se deben tener en cuenta las limitaciones explicitadas en los artículos 10, 11, 12 y 13 del Reglamento Interno de Estímulo y Fomento a la Creación y a la Producción Cinematográfica.
- No se aceptarán inscripciones presentadas o enviadas por correo fuera del plazo establecido en el numeral segundo.
- La inscripción del concursante implica la previa y total aceptación de las disposiciones del Reglamento Interno de Entrega de Aportes y el Reglamento Interno de la Base Industrial, que rigen estas modalidades.
--
LA PRODUCCION AUDIOVISUAL COMO HERRAMIENTA PARA EL DESARROLLO CULTURAL ENDOGENO DEL SOCIALISMO COMUNICACIONAL COMUNITARIO





No hay comentarios:
Publicar un comentario