El puebLo participa con el voto en la construcción del país
Guanare, 30 Nov. Agny Acevedo, Dirección de Información.- La Reforma Constitucional que se someterá a referéndum aprobatorio este próximo dos de diciembre, tiene como finalidad fundamental encaminar la República Bolivariana de Venezuela por la senda del socialismo, para fortalecer al pueblo con beneficios sociales, económicos y políticos.
Dichos beneficios se enmarcan en cinco ejes: Político, social, económico, territorial e institucional.
En este sentido, la consolidación del Poder Popular es la meta principal en el Eje Político, pues le otorga rango constitucional a la participación de los ciudadanos en la construcción de la democracia socialista. Esto se establece en los artículos: 16, 136, 156, 157, 158 y 185.
Entre los múltiples beneficios en el ámbito político, de acuerdo al artículo 167, la Reforma Constitucional permitirá incluir al Poder Popular en el situado constitucional nacional a través de la transferencia del cinco por ciento, como mínimo, del total de los recursos.
Asimismo, el artículo 184 plantea la creación del Fondo Nacional del Poder Popular, cuyo propósito se dirige a financiar proyectos de los Consejos Comunales.
Además, la participación política se fortalecerá al ampliar el derecho al voto para los ciudadanos a partir de los 16 años de edad, según el artículo 64.
En el Eje Social se garantiza mayor inclusión, dignificación del trabajo y reconocimiento de la diversidad cultural, de esta manera, en el artículo 141 se otorga rango constitucional a las misiones.
Se incorporará a los trabajadores que laboran por cuenta propia a la seguridad social, para lo cual se creará un Fondo de Estabilidad Social para Trabajadores y Trabajadoras por Cuenta Propia, esto incluye a taxistas, amas de casa, comerciantes, artesanos, entre otros, de acuerdo al artículo 87.
Se profundiza la conciencia patriótica y antiimperialista, al establecer en el artículo 100 que la República Bolivariana de Venezuela es el resultado histórico de la confluencia de varias culturas; con lo cual se reconoce la diversidad y se valoran las raíces indígenas, europeas y afrodescendientes.
En el Eje Económico, la Reforma Constitucional a través del artículo 115, impulsa el nuevo sistema económico socialista mediante la promoción de diversas formas de empresas y unidades económicas, bajo distintas formas de propiedad: Privada, social, colectiva, mixta y pública.
Así, un nuevo modelo económico productivo socialista se organiza para responder a las necesidades de la sociedad venezolana, fundada en los valores humanistas de la cooperación y la preponderancia de los intereses comunes sobre los individuales.
Esto garantizará la satisfacción de las necesidades sociales y materiales del pueblo, la mayor suma de estabilidad política, social, y la mayor suma de felicidad posible, según lo establece el artículo 112.
Se prohíbe el latifundio a través del artículo 307, además, se protegerá y promoverá la propiedad social a los fines de administrar y hacer productivas las tierras.
Se prohíbe, expresamente, la privatización de Petróleos de Venezuela, y entes o empresas de propiedad exclusiva del Estado, de acuerdo al artículo 303 de la propuesta.
En cuanto al Eje Territorial, en los artículos 11 y 16 se crean las condiciones jurídicas para la ruptura del modelo organizacional colonial, con lo cual se abre paso al desarrollo de las nuevas formas del Poder Popular.
Se establece la articulación, activación y desarrollo económico de las nuevas dimensiones territoriales tales como: Ciudad federal, distritos funcionales, distritos insulares, provincias federales, entre otras.
De esta manera, el Eje institucional consolida el nuevo Estado y la nueva Institucionalidad, por lo que el artículo 184 establece: Se ordena por ley nacional crear los mecanismos para que el Poder Nacional, los estados y los municipios descentralicen y transfieran los servicios que éstos gestionen a las comunidades organizadas, los consejos comunales, las comunas y otros entes del Poder Popular.
Privilegio que otorga la constitución de 1999
La convocatoria a una Asamblea constituyente, que hace el presidente Hugo Rafael Chávez Frías cuando toma posesión del cargo en 1999, abre las puertas al proceso de participación popular, y marca el inicio de la transformación del Estado, así como el cambio en la relación entre el pueblo y las autoridades electas y designadas.
A partir de entonces, La República Bolivariana de Venezuela enfatiza fundamentalmente el desarrollo integral de la persona y el respeto a su dignidad como primer fin del Estado.
De acuerdo a esta premisa, desarrolla en su articulado el marco jurídico y programático para la construcción de una democracia participativa y protagónica, en la cual los ciudadanos y ciudadanas, mediante múltiples formas y mecanismos de participación, construyen cotidianamente las relaciones del nuevo Estado y asume con ello el principio de corresponsabilidad en la gestión de gobierno.
Así, el privilegio de reformar la constitución con la participación del pueblo, lo establece la constitución de 1999.
Constitución de 1961: La última de la IV República
La Constitución de 1961 se redacta, discute y aprueba, básicamente, por los representantes de los partidos políticos del Pacto de Punto Fijo en el extinto Congreso Nacional. Es una constitución fabricada a la medida de los intereses de los grupos económicos de poder, (nacionales y transnacionales), y de los partidos dominantes de la época URD, AD y Copei.
El pueblo venezolano no participó en su elaboración. En ella se define al sistema de gobierno como democracia representativa, y reducía el ejercicio de la soberanía sólo al voto cada cinco años.
Ningún cargo de elección popular es revocable y no existe en su articulado la figura de la consulta popular para su revocatoria.
En ninguno de sus artículos se establece como fin esencial del Estado la defensa y desarrollo del ser humano y el respeto a su dignidad; aún cuando enuncia un conjunto de derechos fundamentales.
Es así como en los últimos años de la democracia puntofijista, especialmente luego de 1989, nunca se escuchó el clamor popular, que exigía cambios profundos en la forma de conducir el Estado y la convocatoria de una Asamblea Nacional Constituyente, para elaborar una constitución que permitiera iniciarlos.
Los cambios que el pueblo exigía pudieron materializarse gracias al triunfo del presidente Hugo Chávez Frías en las elecciones de 1998.
FIN/DI/AA
Fotografía 01: El pueblo construye el país a través del sufragio
Fotografía 02: Participación popular en proceso electoral
Fotografía 03: El pueblo es el protagonista en el proceso electoral
Fotografía 04: Sistema automatizado para ejercer el derecho al voto
Fotografías: Diango Viloria, Dirección de Información.
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